Responsabilidades
RESPONSABILIDAD DEL PRESIDENTE
quien es el mismo representante legal de la Fundación.
- Nombrar a los coordinadores regionales donde se abran sedes de esta fundación en el territorio colombiano.
- Vigilar el buen cumplimiento de los estatutos y reglamentos de la fundación.
- Presidir las reuniones del Consejo Directivo.
- Firmar actas y demás documentos de la fundación.
- Ser el representante legal de la fundación a todo nivel.
- Presidir las reuniones ordinarias.
- Organizar los diferentes grupos de trabajo con la colaboración del Consejo Directivo.
- Llevar al Consejo Directivo por escrito, las quejas y/o problemas de los diferentes organismos y miembros de la fundación.
- Administrar con diligencia todo lo relacionado con el funcionamiento de la fundación.
- Efectuar negocios y gastos para la fundación con otros entes jurídicos o personas naturales hasta por siete (20) salarios mínimos vigentes mensuales, mayor a esta suma será la Asamblea General quien lo autorice.
- Cualquiera otra que ya le haya sido asignada en otra parte de los Estatutos y las fijadas por la ley.
RESPONSABILIDAD DEL SECRETARIO (A):
- Ser el puente entre los miembros de la Fundación y el Consejo Directivo.
- Elaborar actas y demás documentos como circulares, memorandos y cartas de la fundación, tanto del Consejo Directivo como en la Asamblea General.
- Mantener y organizar el archivo de la Asamblea para cualquier eventualidad que se requiera, tanto por exigencia de los miembros de la Fundación como los caso previstos por la ley.
- Comunicar por vía escrita u oral a los miembros de la Fundación sobre las diferentes reuniones o Asambleas que se planeen.
- Firmar junto con el presidente las actas de reuniones del Consejo Directivo y las de la Asamblea General, si ésta no dispone lo contrarío.
- Cualquiera otra que ya le haya sido asignada en otra parte de los Estatutos y las fijadas por la ley.
RESPONSABILIDAD DEL TESORERO (A):
- Velar por el buen funcionamiento de las finanzas de la Fundación.
- Ser la cabeza principal y responsable de la sección económica de la Fundación.
- De elegir y pedir la ayuda necesaria para integrar la sección económica.
- Presentar en cada Asamblea General o cuando ésta se lo exija, un informe pormenorizado del movimiento financiero.
- Organizar la contabilidad de la Fundación de acuerdo con las leyes colombianas y el presente estatuto.
- Planear negocios o inversiones para que sean aprobadas por la Asamblea.
- Distribuir adecuadamente los gastos y presupuestos para el buen funcionamiento de la Fundación.
- Brindar toda la información necesaria a la revisoría fiscal y como ella lo solicite.
- Efectuar gastos para la Fundación con otros entes jurídicos o personas naturales hasta por tres millones de pesos ($ 3’000,000.00) mensuales.
- Cualquiera otra que le haya sido asignada en otra parte de los Estatutos y las fijadas por la ley.
En las reuniones de Consejo Directivo el presidente (a), el tesorero (a) y el secretario (a) tendrán voz y voto y no será transferible.

